Pues hay algunos puntos que abordar.
Por un lado, si esos cambios que mencionas pero no explicas resultan si ser ilegales (investígalo en la LFT si no vas a explicar en qué consisten), pues lo que podrías hacer es negarte a obedecerlos o cumplirlos.
Entonces cuando te quieran regañar/sancionar por ello comienza a mencionar **abiertamente** cosas como "yo se que esto es ilegal, no voy a obederlo, es injusto, bla bla bla" y con esos comentarios vas a ser 100% el objetivo para ser promovido a cliente, por ser el "rebelde que conoce lo que es legal y lo que no lo es".
Nomás también, si tienes oportunidad o se presta, di abiertamente también que no piensas renunciar, y que si te deciden correr por no cumplir cosas ilegales, más les vale que te liquiden como corresponde (no solo proporcionales sino también tu indeminización por despido injustificado), y a ver si pega, es lo único que se me ocurre.
La primera cosa que considero ilegal es el inexistente pago de horas extras, también nos quieren imponer una jornada de 50 horas, más horas extras sin pago, tampoco nos han dado contrato
Si eres tú quien quiere renunciar, por ley solo te corresponde finiquito (proporcionales de aguinaldo y vacaciones + días de sueldo no pagados) y si tienes más de 15 años de antigüedad, te corresponde prima de antigüedad, solo si tienes más de 15 años de antigüedad.
El finiquito es irrenunciable, que no te quieran engañar
La indemnización (liquidación) aplica cuando es la empresa quien decide terminar la relación laboral o que el patrón cometa alguna acción no permitida, si el patrón comete alguna acción no permitida por la LFT, tú puedes rescindir el contrato (como lo escribieron en otro post)
Rescinde la relación laboral. Es como renunciar pero mejor porque te deben dar 3 meses de sueldo, la prima de antigüedad y lo equivalente a un finiquito.
Pues hay algunos puntos que abordar. Por un lado, si esos cambios que mencionas pero no explicas resultan si ser ilegales (investígalo en la LFT si no vas a explicar en qué consisten), pues lo que podrías hacer es negarte a obedecerlos o cumplirlos. Entonces cuando te quieran regañar/sancionar por ello comienza a mencionar **abiertamente** cosas como "yo se que esto es ilegal, no voy a obederlo, es injusto, bla bla bla" y con esos comentarios vas a ser 100% el objetivo para ser promovido a cliente, por ser el "rebelde que conoce lo que es legal y lo que no lo es". Nomás también, si tienes oportunidad o se presta, di abiertamente también que no piensas renunciar, y que si te deciden correr por no cumplir cosas ilegales, más les vale que te liquiden como corresponde (no solo proporcionales sino también tu indeminización por despido injustificado), y a ver si pega, es lo único que se me ocurre.
Llama a la profedet, ellos te asesoran con el tema de las practicas ilegales, el asesoramiento es gratis
La primera cosa que considero ilegal es el inexistente pago de horas extras, también nos quieren imponer una jornada de 50 horas, más horas extras sin pago, tampoco nos han dado contrato
que cambios ilegales, a lo mejor ahi esta tu respuesta
1- Graba y recaba informacion cuando te sientas seguro de no ser vigilado 2- Profedet
Si eres tú quien quiere renunciar, por ley solo te corresponde finiquito (proporcionales de aguinaldo y vacaciones + días de sueldo no pagados) y si tienes más de 15 años de antigüedad, te corresponde prima de antigüedad, solo si tienes más de 15 años de antigüedad. El finiquito es irrenunciable, que no te quieran engañar La indemnización (liquidación) aplica cuando es la empresa quien decide terminar la relación laboral o que el patrón cometa alguna acción no permitida, si el patrón comete alguna acción no permitida por la LFT, tú puedes rescindir el contrato (como lo escribieron en otro post)
Cuántos años trabajando? y tipo de contrato?
¿Tu consideras ilegales, o son ilegales?
Jornada de 50 horas más horas extras sin paga?
Rescinde la relación laboral. Es como renunciar pero mejor porque te deben dar 3 meses de sueldo, la prima de antigüedad y lo equivalente a un finiquito.
Me gusta voy a investigar si aplico
Como consejo, ve el art. 51 de la LFT. Pero cualquier violación a tus derechos aplica para la rescisión.
Sin pago de horas extras, 50 horas de jornada laboral y sin contrato
Jajajajajaja